En Cartagena, los cargos de libre designación y de
confianza, cargos designados “a dedo” por el gobierno local, sin pasar ninguna
oposición y con funciones y retribuciones arbitrarias, cuestan a cartageneras y
cartageneros la fortuna de 660.000€ al año.
Por esto, Asamblea
15M Cartagena, quiere denunciar públicamente que los
gobiernos locales, así como los
autonómicos y estatales, están exigiendo día tras día a la ciudadanía un
esfuerzo colosal, recortando sus más elementales derechos, mientras insultan al
pueblo con sus despilfarros y ostentaciones.
Queremos denunciar
también, que la libre designación de personas con perfil político para ocupar
cargos directivos en la Administración, atenta contra su propia independencia
con respecto de quien gobierne en cada momento.
Ante estos hechos,
2.447 ciudadanos y ciudadanas, un 75% de los encuestados, exigimos a la
Alcaldesa de Cartagena la supresión inmediata de estos cargos, que no hacen
otra cosa sino incrementar el nivel de indignación ciudadana.
A principios de año iniciamos una campaña
en demanda de la supresión de Coordinadores Generales nombrados mediante libre
designación, así como del personal eventual o de confianza, centrando la
atención en la situación específica del Ayuntamiento de nuestra ciudad,
Cartagena.
DEFINICIONES
PREVIAS:
En
base a un análisis de la normativa y de la postura jurisprudencial, se puede
definir al personal eventual como “aquella persona que mediante un nombramiento
libre se incorpora a la Administración Pública en una relación de naturaleza
administrativa, ocupando puestos de trabajo no reservados a funcionarios de
carrera, desempeñando con carácter temporal y en favor de determinados órganos
o autoridades, funciones exclusivamente calificadas de confianza o
asesoramiento especial, pudiendo en la Administración Local desempeñar también determinados
puestos de trabajo de carácter directivo, siendo cesada libremente por la
autoridad que le nombró y en todo caso de forma automática cuando se produzca
el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su funciones” [Artículos
Doctrinales: Derecho Administrativo: El personal eventual: Análisis
jurisprudencial. Concepto y Evolución Histórica. ].
En
el caso de la Administración Local, corresponde al Pleno la fijación del número
y régimen del personal eventual [Ley
57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno
local. Artículo 22. Párrafo i.].
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS:
Lejos
de tratarse de contrataciones con carácter eventual para el asesoramiento
específico por personal cualificado, la contratación de personal eventual está
siendo empleada para engrosar el ya desproporcionado número de políticos en las
diferentes Administraciones. En el caso concreto analizado, el Ayuntamiento de
Cartagena, el personal eventual es redesignado legislatura tras
legislatura. [11194-2011 Edicto de nombramiento de
personal eventual. BORM 158 de 12/07/2011.] [11587-2007 Nombramiento de
funcionarios de carácter eventual. BORM 205 de 05/09/2007.] [Nombramiento, funciones y
retribuciones para personal eventual o de confianza] Sesión ordinaria de la
Junta de Gobierno Local de 29 de junio de 2007. Pág 8-9]. Esta situación se repite en el caso de los
Coordinadores Generales, que además cambian de cargo como un Ministro cambia de
cartera; un ejemplo de esto se puede constatar en el siguiente fragmento del
BORM: “[...]
sobre determinación y nombramiento de los Coordinadores Generales: […]
“Coordinador General de Descentralización, Medio Ambiente, Agricultura y Nuevas
Tecnologías”, D. Juan Enrique Jiménez Torres, adscrito al Concejal Delegado del
Área de Descentralización, Participación Ciudadana, Agricultura, Sanidad,
Nuevas Tecnologías y Consumo, cesando como “Coordinador General de
Vicealcaldía”, por desaparición del Órgano Directivo Municipal del que era
titular.” [11195-2011 Nombramiento de Órganos
Directivos. BORM 158 de 12/07/2011.]
El
acceso a la Administración, especialmente en el caso de cargos directivos, de
personal con perfil político mediante la libre designación va en claro
detrimento de la garantía de independencia de dicha Administración respecto de
quien gobierne en cada momento; una garantía que es clave en el Estado de
derecho.
Las
retribuciones asignadas por el Pleno para dicho personal y cargos exceden, en
muchos casos y de forma flagrante, los salarios asignados con carácter general
en la contratación pública. La cuantía total destinada a las retribuciones del
personal eventual, con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento, es de
aproximadamente 660.000 € al año, resultando ser la fracción del gasto
contemplado en los presupuestos generales
municipales correspondiente a unos 730 habitantes de Cartagena.
A
continuación, se recogen algunos de los casos que podrían resultar más indignantes (datos de enero de
2012, aplicando redondeo a miles):
Juan Enrique Jiménez Torres, Coordinador de Descentralización,
Agricultura,
Medio Ambiente y Nuevas Tecnologías, 66.000
€/año.
Esperanza Nieto Martínez, Coordinadora General de
Personal, 48.000
€/año.
Gabriel Ruiz López, Coordinador General de
Infraestructuras y del Litoral, 48.000
€/año.
María Comas Gabarrón, Coordinadora General de
Arqueología, 34.000
€/año.
Carlos Nieto Millán, Director General de Seguridad, 66.000
€/año.
Francisco Ferreño García, Director Gabinete de
Alcaldía, 56.000
€/año.
Mar Conesa Marchán, Directora de Relaciones Externas, 56.000
€/año.
El
resto de personal eventual está compuesto por “Asesores de Grupo Político
Municipal” y “Secretarios de Grupo Político Municipal” de las diferentes
formaciones con representación en el Pleno. Sus retribuciones rondan los 29.000
€ (6 casos), 25.000 € (3 casos) y los 12.500 € (3 casos) [13178-2011 Régimen de asignaciones
de los miembros de la Corporación Municipal, en cuanto a retribuciones,
indemnizaciones y asignaciones, con cargo al Presupuesto Municipal. BORM 192 de
22/08/2011.] [Presupuesto General del Ayuntamiento
de Cartagena para el ejercicio 2012].
DEMANDA:
Como
ciudadanos, demandamos que los cargos de libre designación y de confianza del
Ayuntamiento de Cartagena sean suprimidos inmediatamente como medida de ahorro,
ya que éstos son absolutamente prescindibles, excesivamente caros e
injustamente contratados.
Dicha
demanda se ve respalda mediante la firma de 2.447 ciudadanos, en torno al 75%
de los encuestados. Las correspondientes hojas de firmas son depositadas a la
atención la Alcaldesa de Cartagena, junto con la presente solicitud, en el
registro general del Ayuntamiento de la misma ciudad, a 21 de junio de 2012,
habiendo sido convocados a dicho acto los medios de comunicación locales.
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